ANTECEDENTES PENALES Y POLICIALES

Cuando un sujeto comete un delito en el pasado, suele acarrear la preocupación de “sus consecuencias” en el presente, es decir si posee o no antecedentes penales que puedan acarrear consecuencias en el presente y futuro. Mediante este nuevo artículo os hablaré de que consecuencias tiene y como poder eliminarlos.

Podemos encontrarnos con dos tipos distintos de antecedentes: penales y policiales.

            ¿QUÉ SON LOS ANTECEDENETES POLICIALES?

            Son aquellos antecedentes que provienen cuando una persona es detenida, bien sea por la policía nacional, policías autonómicas o guardia civil.  Estos antecedentes se generan independientemente de que el sujeto sea condenado, absuelto o la causa se archive, es decir, estos antecedentes nacen por el mero hecho de haber sido detenido. De igual forma se pueden tener antecedente si se ha sido puesto en busca y captura, o sobre ti pese una orden de alejamiento.

Se pueden tener antecedentes policiales y no tener antecedentes penales.

            ¿CÓMO SE CANCELAN?

Estos antecedentes se pueden cancelar, dado que es un derecho de cualquier ciudadano.  La única salvedad es que en el caso de que el sujeto haya sido condenado por sentencia firme, para la eliminación de los antecedentes policiales es requisito que primero se cancelen los antecedentes penales.

El procedimiento de cancelación es muy sencillo, debiendo de presentar una solicitud de cancelación ante la policía o guardia civil, según sea una u otra institución que llevo a cabo la detención.

¿CÓMO SON LOS ANTECEDENTES PENALES?

Son los antecedentes que quedan cuando el individuo ha cometido un delito y por ende ha sido condenado por sentencia firme y hay extinguido su responsabilidad penal. Son los datos que aparecen en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia. La utilidad de este registro es el conocimiento delictivo del sujeto y si ha cumplido o no la pena impuesta en sentencia.

¿CÓMO SE SI TENGO O NO ANTECEDENTES?

Mediante la solicitud de certificado de penales. Esta solicitud se puede presentar telemáticamente en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.

¿CÓMO CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES?

Para cancelar estos antecedentes primero  es necesario cumplir con estos requisitos temporales; estos plazos es el tiempo que debe de pasar desde que se dictó sentencia firme y no se delinquió en los siguientes plazos:

  1. Seis meses para las penas leves.
  2. Dos años para las penas que no excedan de doce
    meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  3. Tres años para las restantes penas menos graves
    inferiores a tres años.
  4. Cinco años para las restantes penas menos graves
    iguales o superiores a tres años.
  5. Diez años para las penas graves

Una vez cumplidos los anteriores requisitos que la Ley establece se debe de cumplimentar una solicitud en la página web del Ministerio de Justicia, pudiendo realizarse por el propio sujeto o por un representante de este.

SI NECESITA MAS INFORMACIÓN NO DUDE EN PONERSE EN CONTACTO CON ESTE DESPACHO ACLAREMOS TODAS SUS DUDAS.

TELEFONO: 669.236.877

mdgarciafernandez@icajaen.es

GARCIA FERNANDEZ ABOGADA

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